Un artículo del periodista Kevin Sieff publicado al principio del
corriente mes en el diario estadounidense The
Washington Post que trata de las víctimas de los llamados “campos de
violación” del grupo terrorista Boko Haram en el norte de Nigeria trae a luz,
nuevamente, un tema demasiadas veces ocultado tanto por los medios
internacionales como por la sociedad en general. En su nota, Sieff describe
cómo, después de una serie de victorias por parte de las tropas nacionales de
Nigeria que forzaron a los islamistas radicales del Boko Haram a retirarse de
territorios que habían usurpado como parte de su califato, muchas mujeres y
niñas han sido liberadas de sus captores violadores, sólo para volver a sus
lugares de origen y encontrarse en medio de una especie de extensión de la
pesadilla en que siguen siendo presas del estigma, el ostracismo y la sospecha.
"Esposas del Boko Haram" y algunos de sus hijos |
Las mujeres de las cuales escribe fueron víctimas de una política
sistemática del califato mediante la cual busca desarticular las sociedades que
invade a través del secuestro en masa de mujeres y niñas en las mismas,
obligándolas a “casarse” —entregarse, en realidad, a la esclavitud sexual— con
los combatientes del Boko Haram. Algunas de las chicas así explotadas llegaban
apenas a los ocho años y muchas más eran adolescentes. En general, vivían en
chozas apenas lo suficientemente grandes para acostarse adentro y su principal
tarea era la de esperar que llegaran sus captores que venían del patrullaje y
ser violadas repetidas veces tanto por sus “maridos” como por otros
combatientes islamistas con los cuales eran compartidas. Con frecuencia, las
que se resistían a tales vejámenes eran fusiladas.
Cuando los militares nigerianos liberaron las zonas donde estas
mujeres y niñas se encontraban padeciendo tal barbarie, ellas fueron dejadas en
libertad y enviadas de vuelta “a casa”. Pero, típicamente, sus casas ya no
existían, dada la práctica devastadora de Boko Haram por la cual se demolieron
y quemaron aldeas y pueblos enteros. Así es cómo muchas de estas mujeres y
niñas han sido depositadas en campos para desplazados, frecuentemente con los
niños que han parido en el cautiverio, donde viven bajo guardia armada y donde
son tildadas de “esposas del Boko Haram”. Teniendo en cuenta el adoctrinamiento
que han padecido en manos de sus secuestradores, son consideradas, muchas
veces, sospechosas, y se encuentran aisladas de las sociedades de las cuales,
alguna vez, han formado parte.
Sieff destaca que, “hace solamente dos años, cuando el secuestro de
276 niñas de un colegio dio origen a una campaña llamada Devuelvan Nuestras
Chicas”, pocos podrían haber imaginado un resultado como el presente. Mientras
siguen desaparecidas gran número de esas niñas colegialas de Chibok, muchos
asumían que otras secuestradas recibirían una cálida bienvenida al volver a
casa. En lugar de eso, padecen el ostracismo.”
Sobrevivientes de un campo de violación en el Sudán |
El autor de la nota dice que, aunque, públicamente, Boko Haram rechaza
las tendencias cristianas del gobierno de Nigeria y la marginalización de los
musulmanes que forman casi la mitad de la población del país, cuando se trata de
sus cautivos, la campaña del grupo terrorista parece impulsada muchísimo más
por el sexo y la violencia sin límite que por ideología religiosa o política
alguna.
Llevó largo tiempo hasta que el mundo se diera cuenta de que tales
atrocidades formaban parte de normas y procedimientos empleados en forma
sistemática por Boko Haram. Me parece un hecho sumamente triste que la
violación y la violencia sexual se hayan tornado tan comunes en las guerras del
final del siglo XX y principio del siglo XXI que resulte probable que nadie
prestaba gran atención a la frecuencia y escala de estos hechos en torno al
Boko Haram hasta que la campaña Devuelvan Nuestras Chicas generó cierta
curiosidad al respecto. De hecho, no fue hasta el año pasado que el secretario
general de las Naciones Unidas Ban Ki-moon se refirió a las violaciones de
guerra perpetradas por Boko Haram como una calculada e intencional “táctica de
guerra”.
Los campamentos a los cuales las víctimas de los secuestros y
violaciones perpetradas por Boko Haram fueron “liberadas” yacen bajo guardia
militar las 24 horas del día, y las mujeres “residentes” son llevadas al voleo
al comando militar para ser interrogadas. Sieff ofrece testimonios de distintas
fuentes que demuestran que las víctimas ahora son vistas como sospechosas más
que como mártires de una guerra ideológica y étnica. Tan profundas son tales
sospechas que Sieff pudo incluir citas estigmatizando a las víctimas y que
provienen de fuentes sorprendentes. Como por ejemplo, los dichos de Ann Darman,
representante del Centro para la Igualdad de Género, la Paz y el Desarrollo, un
grupo nigeriano de asistencia que trabaja con la ONU, quien dijo: “La sencilla
verdad es que ellas (las víctimas secuestradas y violadas por Boko Haram)
constituyen una seria amenaza para el público en general.”
Angelina Jolie atestigua en la Cámara de Lores sobre la violación
como arma de guerra
|
La violencia sexual ha jugado un papel en la conquista desde que la
guerra se inventó. No fue hasta la época de los hidalgos en la última parte de
la Edad Media que se comenzó a considerar la violación de las esposas e hijas
de los rivales conquistados como una falta de caballerosidad. En tiempos más
modernos, se ha avanzado, al menos, hacia una normativa penal a nivel
internacional en torno a la violencia sexual durante los conflictos.
Quizás el intento más temprano de hacer esto fue cuando se crearon las
disposiciones del así llamado Código Lieber de 1863. El mismo fue una especie
de orden general firmada por el presidente de Estados Unidos Abraham Lincoln.
Fue escrito para su gobierno por el filósofo político y experto legal germano-americano
Franz Lieber. Considerada como la primera codificación de normativas y usos y
costumbres internacionales para las guerras, el Código Lieber fue sumamente
claro no sólo en cuanto a cómo se debía tratar a los prisioneros de guerra,
sino también, y más importante aún, respecto de la responsabilidad de los
líderes militares a la hora de proteger a los civiles mientras conducían la
guerra. Fue, además, claro como el agua en cuanto a la violencia sexual en la
guerra, afirmando que “toda violación (está) prohibida bajo pena de muerte.” Como
tal, contenía la primera prohibición —y una sin vueltas, dicho sea de paso— de
la violación a ser incluida en las normas consuetudinarias del derecho
humanitario.
Décadas después, las Convenciones de La Haya de 1899 y 1907 trataron
el tema de nuevo, aseverando, explícitamente, que “los derechos de honor y
familia (y) las vidas de las personas...deben ser respetadas” por las fuerzas
que ocupan las tierras conquistadas. Asimismo, evidencias reiteradas de actos
de violencia sexual por parte del Imperio Alemán y sus aliados llevaron a que la Comisión de Responsabilidades que
fue instaurada después de la Primera Guerra Mundial incluyera la violación y la
prostitución forzada dentro de su lista de delitos contra las leyes y reglas de guerra establecidas, si
bien todo intento de procesar a alguien bajo estos cargos terminó fracasando.
Si la Primera Guerra Mundial falló en el intento de establecer la
violación como crimen de guerra punible, pese a haberla tipificado en la lista
de delitos atribuidos a los alemanes, la Segunda Guerra Mundial no hizo más que
subrayar dicha tendencia. Hubo pruebas contundentes respecto de crímenes
sexuales a gran escala en el Teatro de Guerra Europeo. Sin embargo —tal vez, en
parte, porque los otros delitos de guerra mayores cometidos por los nazis
fueron de un nivel tan espantoso— no hubo consenso para incluir la violación u
otros vejámenes sexuales en los cargos (a pesar de amplios testimonios
describiendo los mismos) durante los Juicios de Núremberg, al final de esa
conflagración global. Además, podría
haber sido visto como una hipocresía levantar cargos contra los alemanes por
tales delitos, cuando uno de los victoriosos Aliados estableció una notoria reputación por la
comisión de abusos sexuales en las zonas de Alemania que conquistó. Se cree que
las tropas del Ejército Rojo, perteneciente éste a la Unión Soviética (Rusia),
bajo el lema “desde los ocho hasta los
ochenta” violaron, al menos, a 100.000 mujeres alemanas solamente en la ciudad
de Berlín, y algunos historiadores afirman que violaron a más de dos millones
de mujeres en toda Alemania en el curso de la guerra. Un escritor ruso que sirvió de oficial del
Ejército Rojo durante la Segunda Guerra Mundial escribiría en su diario que los
soldados rusos, individualmente, se mostraban renuentes a encontrarse a solas
con una mujer alemana, pero no tenían problema en juntarse “nueve, diez o doce”
a la vez para violarlas en patota.
Curiosamente —o, quizás, no es de extrañarse considerando el bien
documentado prejuicio racial contra los japoneses que repercutió en las maneras
desiguales en que se trataron a los responsables de ese país comparado con el
trato que recibieron los alemanes— la violación, sí, fue incluida en los cargos
bajo los cuales los líderes militares nipones fueron juzgados en los Tribunales
de Tokio establecidos en la posguerra. En un caso particularmente notorio,
oficiales japoneses fueron procesados por “no lograr prevenir la violación” en
la causa que trataba “La Violaciones de Nanking”, una ciudad en la China donde,
solamente durante las primeras semanas de la ocupación japonesa, 22.000 mujeres
y niñas fueron violadas.
No obstante, ha sido solamente en las últimas dos décadas que el
derecho penal y humanitario ha intentado determinar una nueva comprensión de
los ataques sexuales sistemáticos, enfatizando la negación de la noción
largamente respaldada y ampliamente misógina de que, si bien la violación
podría constituir una horrorosa ofensa a la dignidad humana, seguía siendo,
lamentable e irrefutablemente, una consecuencia inevitable de la guerra. Quizás
la institución que más ha hecho para rechazar tales cuasi justificaciones y
para asignar la gravedad apropiada a este nefasto crimen de guerra es la Corte
Penal Internacional (CPI) en La Haya. Ya dentro del Estatuto de Roma, que da
origen a la CPI, se define la violación como crimen de lesa humanidad. De hecho, el estatuto va más allá de una
mención al pasar de la violación y tipifica como de lesa humanidad los delitos
de violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, el embarazo forzado y la
esterilización obligada, además de “cualquier otra forma de violencia sexual de
gravedad comparable”, toda vez que se practiquen de manera amplia y sistemática.
Se estableció jurisprudencia al respecto en el Tribunal Penal
Internacional para la ex Yugoslavia, institución instaurada en La Haya en 1993,
acorde con un mandato otorgado por las Naciones Unidas en 1991, para
investigar y llevar a juicio crímenes de
lesa humanidad cometidos durante las Guerras Yugoslavas. El TPIY —que sigue en
actividad actualmente— sentó precedente al investigar la amplia y sistemática
práctica de violar en pandilla a mujeres musulmanas (se estiman entre 20.000 y
50.000 violaciones de este tipo en todo el territorio) por parte de soldados,
policías y grupos paramilitares bosnios después de la conquista de la ciudad de
Foca en 1992. Los subsiguientes cargos contra los procesados aplicaban la letra
y espíritu de las Convenciones de Ginebra y de las Leyes y Costumbres de
Guerra. Los rubros cubiertos en las acusaciones trataban las figuras penales de
tortura y esclavitud y la sentencia que la corte expidió definió
específicamente a la violación y la esclavitud sexual como crímenes de lesa
humanidad, desafiando directamente así la aceptación demasiado amplia y
frecuente de los ataques sexuales y afines como parte intrínseca de la guerra.
Víctimas de violaciones en las guerras yugoslavas |
Vendrían más especificaciones jurídicas. En el derecho internacional,
por ejemplo, la violación sexual se considera hoy como crimen contra la
integridad física y mental de la víctima. Esto ha constituido un gran avance
sobre protocolos agregados a las Convenciones de Ginebra en 1977 que sólo admitían
que la violación de mujeres y niñas en las guerras era un delito contra el
honor y dignidad de las víctimas y contra los derechos propietarios de los
hombres vinculados a ellas. Precedentes establecidas
en causas vinculadas con ataques sexuales perpetrados en Ruanda, Perú y Turquía
también han llevado a la definición de la violación como crimen de guerra, como
acto de tortura y como acto de genocidio. Durante el curso de las
investigaciones del TPIY se especificó aún más la definición de los ataques
sexuales, describiendo como violación cualquier acto de penetración oral,
mientras que la CPI ha sido más específico aún al tipificar que aún la más
mínima penetración de cualquier parte del cuerpo de la víctima con un órgano
sexual, o la de cualquier abertura anal o genital de la víctima con objeto o
parte corporal alguna, tales como dedos o manos, podría constituir un acto de
violación. Asimismo, en el 2003, la Corte Europeo de Derechos Humanos aclaró
que no era necesario el uso de la fuerza física en los actos sexuales como para
establecer la presencia del delito de violación. La corte aseveró la violación
existía toda vez que el victimario utilizara la coerción o aprovechaba un
ambiente coercivo para llevar acabo el acto sexual.
No obstante, con la proliferación de movimientos anárquicos y bárbaros
como Boko Haram, Estado Islámico y otras organizaciones terroristas nihilistas,
la violación y la tortura y esclavitud sexuales están formando parte, cada vez
más, de los conflictos armados, así como forman parte preponderante de los
conflictos estrictamente étnicos. En todos los casos y en todas sus
manifestaciones, la violación está siendo utilizada como un sistemático arma de
guerra, como “premio” incentivado para los combatientes que toman nuevo
territorios, o como herramienta de “limpieza étnica” con la cual, como en casos
como los de África mencionados anteriormente, las mujeres cristianas, por
ejemplo, son secuestradas en campos de violación hasta quedarse preñadas por
los fanáticos islamistas, con la idea de que, así, se poblará el califato de
niños de “sangre musulmana” al mismo tiempo que tal acto sirva para deshonrar,
humillar y aterrorizar a las comunidades en las cuales prevalezcan otros
sistemas de creencia.
A la ONU le llevó hasta el año 2008 para promulgar una resolución que
describe a la violación sexual como “una táctica de guerra”, y, por lo tanto,
como “una amenaza a la seguridad internacional”. Pero se hace claro el problema
de ir desde las palabras hasta las acciones cuando se consideran las
investigaciones actuales para esclarecer múltiples y reiterados informes sobre
violaciones y ataques sexuales llevados a cabo por tropas de paz bajo el mando
de la ONU y por miembros del plantel de la organización en zonas de combate. Parece obvio que la violación no forma parte
de táctica sistemática alguna empleada en las operaciones de paz de las
Naciones Unidas, pero existen observadores calificados quienes insisten que la
falta de un pleno estado de derecho en las zonas de guerra tiende a generar
situaciones en las cuales las así llamadas “tropas de paz” ejercen gran poder
sobre las poblaciones civiles indefensas y, dependiendo de su grado de
entrenamiento en sus propios países, su disciplina como soldados, su
capacitación cultural en cuanto la
igualdad de los géneros, y cuán bien comandados se encuentran dentro de su
servicio a la ONU, estas tropas podrían tenderse tanto como cualquier otro
grupo de tareas militar a utilizar su enorme poder para extorsionar la
gratificación sexual de las personas que deberían estar cuidando.
En conclusión, pese a esfuerzos recientes para catalogar la agresión
sexual en las guerras como un grave crimen de lesa humanidad, los que
efectivamente quedan procesados y condenados por tales crímenes son, en
realidad, muy pocos. No importa, desafortunadamente, cuantos avances se logran
en la especificación legal de la violación o en la jurisprudencia afín en el
derecho internacional. El hecho es que, en un mundo donde las grandes potencias
consideran como mero “daño colateral” la matanza de miles de civiles como
consecuencia de sus propios actos de guerra, dentro de las culturas guerreras
la violación sistemática sigue siendo relegado al olvido como una especie
“delito menor”. La única manera de enfrentarse al tema y al hecho de la
violación como arma de guerra es lograr que el mundo se integre dentro de un marco
muchísimo más amplio de paz, donde se define a toda guerra de agresión y el
sinfín de atrocidades que la acompaña como crimen de lesa humanidad y encontrar
la manera más efectiva de apresar y procesar penalmente bajo el derecho
internacional a todos los responsables de la misma, desde los líderes más
encumbrados hacia abajo.
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